este Tribunal Segundo de Ejecución Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 105 del Código Penal, RESUELVE: Se declara cumplida la pena y en consecuencia extinta la responsabilidad penal, al ciudadano SERGIO RAMÓN SÁNCHEZ SÁNCHEZ, venezolano, de 21 años de edad, de oficio estudiante, titular de la cédula de identidad N° 18.212.290, natural de Cumaná, nacido en fecha 18-02-88, soltero, hijo de María Teresa Sánchez y José Felipe Crespo, domiciliado en la Urb. Fe y Alegría, bloque 41, apartamento 02-03, piso 02, detrás de la escuela Técnica y frente a Materiales Milano, Cumaná, Estado Sucre, CONDENADO a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 6° del Código Penal, con las agravantes del artículo 77 ordinal 1.....