Este Tribunal segundo de Juicio Conformado con escobinas Administrado Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara Culpable al ciudadano ANGEL DANIEL MATA FERNANDEZ, quien es Venezolano, Mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nª 16.256.409 de profesión u oficio Comerciante de los delitos de Homicidio Simple y Lesiones personales Graves, previstos y Sancionado en el Artículo 405 y 417 del Código Penal para el momento de ocurrieron los hechos lo que conlleva una pena de 15 Años de Presidio y siendo que esta incurso la disminución de la pena de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 numeral 3ro y 66 por haber actuado con exceso de la defensa de su propia persona , queda la pena establecida en 10 Años de Presidio así mismo el cumplimiento de las accesorias, lo cual ha de cumplir en el Internado Judicial que designe la autoridad administrativa competente.