Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con fundamento en lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y no habiéndose oposición alguna, dejando salvo derechos de terceros, declara bastante y suficiente estas actuaciones para asegurarle al ciudadano: ORLANDO LUIS MARTINEZ RONDON , cónyuge y a sus hijos y nieto FRANK ORLANDO, JHONNY BAUTISTA MARTINEZ y al niño: Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente hijo de la ciudadana; CAROLINA DEL CARMEN MARTINEZ FIGUEROA como UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la ciudadana FARIDES EMILIA FIGUEROA GUEVARA, por lo que se acuerda devolver estas actuaciones con sus resultas y constante de veintiún (21) folios útiles. Así mismo se acuerda expedir tres (3) juegos de copias certificadas de la decisión-