Es por las consideraciones de hecho y de derecho antes relacionadas que este Juzgado de Municipio Andrès Eloy Blanco del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Casanay, que administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Acción Reivindicatoria interpuesta por la ciudadana ESTEBINA DEL CARMEN MATA DE RUIZ, venezolana, de este domicilio, mayor de edad, casada, cedulada Nº V- 5.079.425, representada por el Abogado en ejercicio Dr. Sandy Rojas Farías, Inpre-Abogado Nº 48.614, en contra de la ciudadana CLARITZA DEL CARMEN CHACON VALLERA, venezolana, mayor de edad, soltera, cedulada Nº V- 12.428.580, de este domicilio y representada por el Abogado en ejercicio, Dr. Catalino Santiago González, Inpre-Abogado Nº 45.432, en fundamento a que durante el presente procedimiento quedo demostrado que tiene la cualidad de propietaria, dominio, sobre las bienechurías, constituidas por una casa S/Nº en construcción de bloque.....