Vista la solicitud presentada por el Dr. Miguel Frank, en su carácter de Defensor Privado de los adolescente XXXXXXXXXX, mediante el cual solicita que se le practique al adolescente XXXXXXXXXXX, examen mental, fundamentando su solicitud en que el mismo presenta problemas mentales, lo que se evidencia en las copias de los informes neurológicos que cursan en autos y revisadas las actuaciones se observa:
Primero: Que el adolescentes de autos se le sigue causa por ante este Juzgado por uno de los delitos contra la propiedad y las personas.
Segundo: Que cursa a los folios 192 al 202 copias y originales de informes neurológicos y psiquiátricos que le han sido practicado al acusado de autos donde se evidencia que sigue tratamiento médico, en consultas privadas..
Tercero: Que el artículo 587 de la LOPNA, establece: “ESTUDIO CLINICO Cuando del resultado de la investigación se evidencien hechos que aconsejen someter al adolescente a exámenes psiquiátrico...., el tribunal ord.....