En tal sentido vista la solicitud formulada por la defensa, considera este Tribunal que para conceder la solicitud debe la represtación de la defensa acompañar a su solicitud constancia de trabajo que acredite que efectivamente su patrocinado ejerce una actividad laboral la cual debe cumplir con un horario, por lo tanto se niega la solicitud de alargar periódicamente las presentaciones cada 30 días. Notifíquese a la defensa y acusado