Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL (MUERTE DEL ACUSADO) Y EN CONSECUENCIA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano LUIS ALEJANDRO RODRIGUEZ URBANO venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 21 años de edad, nacido el 23-11-1993, titular de la Cedula de Identidad Número V- 28.201.173, soltero, albañil, hijo Crucelys Urbano y Alpidio Rodríguez, residenciado en la avenida San Martín calle el Espejo, casa S/N, al final de calle el espejo, a quien se le sigue en la presente causa, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON MOTIVOS FUTILES, previsto y sancionado en los artículos 406 ordinal 1° del Código Penal Venezolano, con la agravante genérica contenida en el artículo 217 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, perpetrado en perjuicio de los adolescentes WLADIMIR MANUEL RIVAS GONZÀLEZ y ALEXAIR DE.....