En atención a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo, de conformidad con la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de Sustanciación, Mediación y Ejecución Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha veinte de noviembre de dos mil ocho (20-11-2008); SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión proferida por el Juzgado A Quo; TERCERO: SE CONDENA EN COSTA A LA PARTE DEMANDADA, RECURRENTE; CUARTO: REMÍTASE la presente causa en su oportunidad legal al Juzgado de origen.
PUBLÍQUESE - REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE .....