ACUERDA la prórroga solicitada por el Ministerio Público, por un lapso de Quince (15) días continuos, contados a partir del día Quince (15) días continuos, contados a partir del día Tres (03) de Febrero del año 2011, el cual vencerá el día Diecisiete (17) de Febrero del año 2011; ello a los efectos de que el Ministerio Público presente el acto conclusivo respectivo en la presente causa, seguida al imputado MANUEL JOSE BRAVO AGUILERA, quien es venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 26 años de edad, Casado, nacido el 29-07-1984, titular de la cédula de identidad Nº 18.213.031, de oficio Mecánico, hijo de, Deixis Aguilera y Juan Bravo, residenciado, en la Calle la Esperanza, casa S/Nº, Sector las América, hacia la invasión, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el articulo 149 en su segundo aparte, de la Ley Orgánica de .....