Este Tribunal Sexto de Control actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud formulada por la ABG. SUSANA BOADA, en su condición de defensora pública del imputado CRISANTO JOSE GONZALEZ y en consecuencia, revisa la medida cautelar de presentación periódica, fijando las presentaciones cada treinta días en lugar de cada ocho días como estaba establecido. Notifíquese a las partes y remítase las actuaciones al Ministerio Público, para que sean agregadas a la causa principal. .