En virtud de todo lo antes expuesto este Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor de la ciudadana JORGE ALEXANDER RODRIGUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad 16.484.878, Residenciado en Barrio Las Palomas, frente al terminal, Casa S/N, Cumaná, LUIS ANTONIO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.743.990, Residenciado en Barrio Las Palomas, Calle N° 17, Cumaná, y ALEXANDER ENRIQUE ARREAZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 17.445.901, Barrio Las Palomas, Calle N° 17, Cumaná, en perjuicio de JORGE ALEXANDER RODRIGUEZ.