Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente Administrando Justicia en Nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la demanda de DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA solicitada por la ciudadana SANTA HERMELINDA ALVAREZ, contra el ciudadano, ERNESTO DEL JESUS VALLEJO, plenamente identificados en el encabezamiento de la presente decisión, a favor de la niña y la adolescente, condena al progenitor a suministrar a sus hijas la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000.oo) MENSUAL, Y EN EL MES DE Diciembre de cada Año, aparte de la obligación medio salario mínimo por concepto de aguinaldo.- Todo de conformidad con los artículos 76, 78 y 91 de la Constitución Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 365, 369, 30 y 08 de la LOPNA.