este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de REIVINDICACION interpuesta por el ciudadano ANTONIO FRANCO, titular de la cédula de identidad N° V-507.194, representado judicialmente por el abogado en ejercicio ASDRÚBAL JOSÉ HENRIQUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 33.175, contra la ciudadana CARMEN VICTORIA FRANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.658.804, representada judicialmente por la abogada en ejercicio EMILUZ BRITO RODRIGUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 99.945. SEGUNDO: Se condena a la demandada a entregar al demandante, el inmueble constituido por el terreno y la casa construida sobre el mismo, ubicados en la calle 2.....