Visto que el imputado manifestaron a viva voz no querer acogerse al procedimiento por Admisión de los Hechos; este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Ordena: La Apertura a Juicio Oral y Público en el presente asunto seguido al acusado: Júnior Manuel Cabrera Cedeño, venezolano, mayor de edad, soltero, de 25 años de edad, titular de la cédula de Identidad V- 17.318.116