este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Marítimo, Bancario y Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara: INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer del juicio que por CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, sigue el ciudadano JOSÉ MANUEL CORONADO CASTAÑEDA, portador de la cédula de identidad número V-18.905.591, en su propio nombre y representación, asistido por los abogados en ejercicio DANIEL LUGO FIGUEROA y CLAUDIO GARCÍA MATA, inscritos en el INPREABOGADO bajo los números 91.427 y 91.425, respectivamente; contra el ciudadano MANUEL JOSÉ CORONADO VILLAFRANCA, portador de la cédula de identidad número V-4.184.659; y asimismo, DECLINA LA COMPETENCIA en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, a quien corresponda previa su distribución y, a quien se acu.....