este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil Vigente, le imparte la HOMOLOGACIÓN correspondiente a la TRANSACCIÓN efectuada por ambas partes.- Asimismo se ordena expedir las dos copias certificadas solicitadas, de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se autoriza al Ciudadano Lic. RAFAEL BENÍTEZ TOVAR, titular de la Cédula de Identidad N° 14.962.025, Alguacil de este Juzgado para el fotocopiado de las mismas y a la ciudadana ARELYS JOSEFINA FARIÑAS CEDEÑO, titular de la Cédula de Identidad N° 5.704.438, Asistente de Tribunal adscrita a este Juzgado para su elaboración. Expídase las copias certificadas solicitadas.- Se declara terminado el juicio y se orden.....