-III-
DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Sucre, Anzoátegui Y Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMITE el presente Recurso de Casación Agrario, anunciado en fecha diecisiete (17) de julio de 2018, por el abogado SANDY ROJAS FARIAS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 48.614, actuando en representación judicial del ciudadano AQUILES RAFAEL MOYA GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedulas de identidad N° 5.858.751, contra la sentencia dictada por este Tribunal en fecha seis (06) de julio de 2018.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo. Y así se decide.
TERCERO: De conformidad con el artículo 239 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, se ordena remitir el presente expediente a la Sala de Casación Social, Sala Especial Agraria del Tribunal Sup.....