en consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente Sala de Juicio, Juez Nº 1, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda autorizar al prenombrado ciudadano para que retire el monto total que posee la cuenta de ahorros N° 0007-0081-95-0010004612, se ordena la cancelación de dicha cuenta previo cambio de titularidad, ordena el cierre y el archivo del expediente.