DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto Este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL a favor del FRANCISCO ANTONIO GUEVARA, quien es venezolano, de 33 años de edad, de estado civil soltero, natural de Puerto la Cruz, del Estado Anzoátegui, nacido en fecha 24/11/1974, Titular de la Cédula de Identidad N° V-12.576.707, de profesión u oficio: Obrero, hijo de Antonio López y Zenaida Guevara y residenciado en: Calle Juncal cruce con calle Guiria, Edificio De Sario Vorágine, Piso 02, Apartamento 05, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; quien admitió los hechos por el delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 34 de la ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad, y en consecuen.....