este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Con sede Cumaná, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud Fiscal de Libertad a favor del ciudadano EDINSON RAVELO VALLEJO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 19.237.035 y residenciado en Las Charas, Carretera Cumaná-Cumanacoa, Sector Gamero, casa s/n, al frente de la vuelta el pollo, Estado Sucre. Con el deber Constitucional de presentarse las veces que sea requerido por el Ministerio Público, en lo que respecta a este hecho. En consecuencia ordena su Libertad, de conformidad con los artículos 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal. Librase Boleta de libertad y Junto con oficio remítase a la Comandancia de Policía.