este Juzgado Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguido al imputado NESTOR ANTONIO MARCHAN QUIJADA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nro.- 8.652.633, residenciado en el Barrio La Manga Nueva, Quinta calle, casa Nro.- 61-B, Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre, quien está incurso en la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal vigente para el momento de lo hechos, en perjuicio del ciudadano ARGENIS RAFAEL OLIVEROS, venezolano, mayor de edad, casado, técnico en refrigeración, titular de la cedula de identidad Nro.-V- 8.369.813, residenciado en la en el Barrio La Manga Nueva, Quinta calle, casa Nro.- 61-B, Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre. De conformidad con lo establecido en los artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, que dice lo siguiente: El Sobreseimiento procede cuando.....