Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sala de Juicio Unipersonal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA CONVERSION DE LA SEPARACION DE CUERPOS EN DIVORCIO convenida entre los cónyuges TEODALDO BELLO NÚÑEZ Y SARA MERCEDES RAMÍREZ AGUILERA, plenamente identificados en el encabezamiento del presente fallo, y en consecuencia DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, según se evidencia en Acta de matrimonio N° 15, de fecha cinco (05) de Agosto del año 2.004, acompañada en autos.-