Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Benítez y Libertador, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente demanda de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en contra del ciudadano JOSE DEL CARMEN VELÁSQUEZ, ampliamente identificado en el encabezamiento de la presente sentencia, a favor de sus hijos ..., ... y ..., intentada por la ciudadana ROSA ELENA BATISTA, igualmente identificada ut supra, quedando obligada la parte demandada, a cancelar la cantidad de DOS MIL TRESCIENTOS VEINTE BOLÍVARES (Bs. 2.320,00), por concepto de mensualidades de Obligación de Manutención no pagadas desde el mes de junio de 2007 hasta el mes de octubre de 2009, ambos meses inclusive; todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 26, 75, 78 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venez.....