Este Tribunal acuerda suspender el Juicio Oral y Reservado, en virtud de la incomparecencia de los expertos y de funcionarios de conformidad con el artículo 335 del COPP y acuerda fijar la continuación para el día a las 22-02-05 a las 11:00 AM, quedando así notificadas las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 336 Ejusdem. Es todo, se leyó y conformes firman.