Se dictó y publicó decisión mediante la cual este Tribunal se declaró PRIMERO: Competente para conocer la presente causa contentivo de la Querella Funcionarial, interpuesta por la ciudadana Rita Maria Barrios, asistida por el Abogado Reimundo Miguel Duarte, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 116.029, contra el Instituto Autónomo de Policía del estado Sucre; SEGUNDO: Admisible la Querella Funcionarial.