este Tribunal Primero de Juicio declara no procedente su solicitud, por cuanto de la revisión de la agenda diaria de la coordinación de fechas de este Circuito Judicial Penal, se evidencia que la misma se encuentra colapsada, toda vez que la agenda única de actos esta copada de audiencias con detenidos y sin detenidos, lo que sin lugar a dudas imposibilita fijar nueva oportunidad con antelación a la fecha dispuesta para la celebración del juicio en el presente asunto, es por lo que en consecuencia ACUERDA dejar la fecha asignada según la disponibilidad de la agenda única de actos diarios para el día y la hora fijada para el 20-02-2017 a las 10:30 a.m.-