Por todo lo antes expuesto, esta Sala Especial Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Declara. PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por por la abogada RAIZA INSERNY BRITO, en su carácter de Defensor de Confianza del adolescente R. E. H. V., contra sentencia Publicada por el Tribunal de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, en fecha 23 de Octubre de 2012, mediante la cual CONDENA al adolescente antes mencionado a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN por la comisión del delito de VIOLACIÓN en perjuicio de UN NIÑO. SEGUNDO: SE CONFIRMA LA SENTENCIA RECURRIDA.