En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho, que anteceden, este Tribunal Primero de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: ADMITIR TOTALMENTE LA ACUSACIÓN PREVIA LA MODIFICACIÓN HECHA POR EL CIUDADANO FISCAL SEXTO AUXILIAR DEL MINISTERIO PÚBLICO, conforme a lo establecido en el artículo 578, literal "A", en relación con el artículo 579, literal "B", ambos de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en contra del joven adulto: OMISSIS, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO SIMPLE, previsto y sancionado en el articulo 405 del código Penal, en perjuicio del Hoy occiso, Ciudadano: FRANK LUIS TORRES GONZALEZ, HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION, contemplado en el artículo 405, en concordancia con el articulo 80, y Contra la L.....