Por todas las consideraciones expuestas, este Tribunal Primero Superior del Trabajo, de conformidad con la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: competente al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del Estado Sucre, para conocer del Recurso de Invalidación interpuesto por la parte demandada; SEGUNDO: se confirma la decisión de fecha 29 de octubre de 2010 proferida por el juzgado A quo de juicio. TERCERO: Se ordena la remisión del expediente, al Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial del Estado Sucre, a los fines de que conozca dicho recurso. CUARTO: Se ordena remitir copia certificada de la decisión al Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial, a los fines del.....