Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, de conformidad con lo previsto en los artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en uso de las atribuciones legales previstas en los artículos 261 y 262, del Código de Procedimiento Civil y en el Artículo tercero Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo HOMOLOGA la transacción presentada en fecha 16 de Octubre del 2007 y le otorga fuerza de COSA JUZGADA, ya que es Ley entre las Partes y una vez que conste en cautos el cumplimiento total de la misma se acordara su archivo. PUBLIQUESE, REGISTRESE y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
LA JUEZ.
Abg. ALBELU VILLARROEL C.