este Tribunal Tercero de Control, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: MEDIDA CAUTELAR, al ciudadano Héctor Enrique Rodríguez, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 13.222.827, de 31 años de edad, natural de Cumaná, de profesión u oficio estudiante, nacido en fecha 02-02-76, residenciado en Lomas de Ayacucho, Edificio 2, piso 2, apartamento 106, Cumaná, Estado Sucre; igualmente puede ser ubicado en el Registro Principal, lugar donde trabaja como mensajero, y a quien se le prohíbe el acercamiento de la víctima de causa, de conformidad con el artículo 92 ordinal 8° en concordancia con el 87 ordinal 5° de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de Lismar Carolina Ruiz Gaglio. Se acuerda la libertad en esta misma sala al imputado de autos. Se acuerda copia simple del acta a las partes. Librase boleta de libertad con oficio a la comandancia de policía. En virtud de que es.....