DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a FRANCISCO GONZALEZ, por su presunta participación en la comisión del delito de INVASION, previsto y sancionado en el articulo 271-A del Código Penal, en perjuicio de SANTA JOSEFINA RODRIGUEZ DE SALAZAR, de conformidad con el artículo 300 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal. Se deja constancia que se prescindió de emitir el pronunciamiento de la solicitud fiscal en Audiencia Oral para debatir los fundamentos de la petición, a los fines de evitar trabas en el proceso y se fijo un lapso de cuarenta y cinco días para decidir al respecto, tal como lo establece el artículo 305 ejusdem.