PRIMERO: Se imparte la HOMOLOGACION DEL ACUERDO celebrado por las partes y le otorga fuerza de COSA JUZGADA, ya que es Ley entre las Partes. SEGUNDO: Se declarará TERMINADO el presente proceso y se ordenará el ARCHIVO del Expediente. Dada, firmada y sellada, en la sala del Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en la ciudad de Carúpano, Veintitrés (23) día del mes de Mayo del año dos mil dieciséis (2016); Años 206º y 157º. PUBLIQUESE Y REGISTRESE Y DEJESE COPIAS CERTIFICADA. CUMPLASE.-