"En que el ciudadano FÉLIX ARMANDO CEDEÑO LUGO, le pasará a su hijo la suma de NOVENTA MIL BOLÍVARES (Bs.90.000,00) mensuales, o sea, CUARENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES (Bs.45.000,00) quincenal, además que la ciudadana ALCIRA JOSÉ MARTÍNEZ GUERRA le diga cuando el niño este enfermo para comprarle los medicamentos, así como también comprarle su ropa, calzado y cualquier imprevisto que se le presente".Teniendo esta Acta de Convenimiento carácter de Documento Público que beneficia al niño por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal natural de los progenitores. En consecuencia, este Juzgado del Municipio Andrés Mata,
Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el Convenimiento, suscrito entre los ciudadanos ALCIRA JOSÉ MARTÍNEZ GUERRA y FÉLIX ARMANDO CEDEÑO LUGO, suficientemente identificados,.....