DISPOSITIVA
De todos los razonamientos de hecho y de derecho expuestos este Tribunal Segundo de Control, de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la Republica de Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, Admitida como ha sido parcialmente la Acusación Fiscal, en consecuencia a todo lo antes expuesto, este Tribunal acuerda DECRETAR al MIKELANGELO LUGO FAVA, venezolano, de 18 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 18.561.606 , nacido en fecha 25-09-88 , soltero, de Profesión u Oficio Obrero , hijo de Vita Fava y Pedro Lugo , Domiciliado en la Calle Quebrada Honda, sector Plaza Suniaga, casa N° 02, cerca del Ambulatorio de San Martín, Carúpano, municipio Bermúdez, Estado Sucre, se le CONDENE por los delitos de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, tipificados en el articulo 34, de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito de consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y Aprovechamient.....