este Tribunal Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: MEDIDA CAUTELAR al ciudadano ANDRES ANTONIO MAZA DIAZ, venezolano, de 51 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 5.078.519, nacido en fecha 06/04/1956; casado, de profesión u oficio Comerciante, residenciado Boca de Sabana, calle Rió Caribe, cerca del colegio, casa S/N, Cumaná, Estado Sucre; por estar incurso en el delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en
perjuicio de la ciudadana LUISA DEL CARMEN JIMÉNEZ MAZA, a quien se le ordena la salida inmediata de la residencia conyugal e igualmente la prohibición de acercarse a la víctima en referencia; ello de conformidad con lo establecido en el Art. 92 Ord. 8, en concordancia con el Art. 87 Ord. 3, de la Ley Orgá.....