este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR la defensa de Prescripción opuesta por la demandada; y en consecuencia se declara SIN LUGAR la demanda intentada por ALBERT JOSE OLIVEROS VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 16.062.389 en contra de las demandadas: LEISON CONSULTORES C.A e I.N.A.V.I, la primera, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda , en fecha 25 de junio de 1991, bajo el N° 3, Tomo 159-A Sgdo y la segunda, creado por Decreto Ley N° 908, de fecha 13-05-1975, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 1.746 Extraordinario, de fecha 23 de mayo de 1975.