este Tribunal Mixto de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Por Mayoría, integrada por el voto de las Escabinos: Isnolkis Del Carmen González y Angélica Cecilia González, ABSUELVE al adolescente: (OMISSIS) de la acusación que en contra del mismo formuló la Fiscal Sexta del Ministerio Público, por la comisión del delito de: DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de: LA COLECTIVIDAD; ello en virtud de considerar dichos ciudadanos, que la conducta asumida por el acusado, no encuadra dentro de las previsiones establecidas en el precitado artículo 31, por cuanto no existe una adecuación entre los hechos dados.....