DECISIÓN
Con fundamento en las anteriores consideraciones y estando aún llenos los extremos de ley para mantener la privación de libertad de los procesados Juan Ramón Rodríguez, Robert José Piamo y Oswaldo José Acosta este Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre; en este estado del proceso y sin perjuicio de que se revise nuevamente la medida preventiva privativa de libertad que pesa sobre los mismos durante la audiencia preliminar, habiendo revisado con base en lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, la necesidad de mantener o no la medida cautelar impuesta declara SIN LUGAR la solicitud planteada por el defensor José Sánchez, a los fines de garantizar las finalidades del proceso y de evitar que surja alguna nueva causa que impida la celebración de la Audiencia Preliminar para la fecha en que ha sido fijada, y en consecuencia ACUERDA que se manteng.....