DECISIÓN
Con fundamento en los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado CARLOS MARCANO BOLAÑOS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el número 35.904, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano RICARDITO RODRÍGUEZ GUILARTE, imputado de autos y titular de la cédula de identidad número 15.596.924; contra la decisión dictada en fecha doce (12) de agosto de dos mil dieciséis (2016), por el Tribunal Primero de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre – extensión Carúpano; mediante la cual declaró Improcedente el Decaimiento de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que pesa sobre referido imputado, por encontrarse presuntamente incurso en la comisión del delit.....