DISPOSITIVA
Este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Se niega la detención en flagrancia y la continuación por el procedimiento de la vía ordinaria en la causa seguida al adolescente "OMISIS", por cuanto los funcionarios actuantes no acompañaron actas de entrevistas de testigos presénciales de dicha aprehensión policial.
SEGUNDO: Se niega la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad solicitada por el Ministerio Público, con fundamento en el artículo 582 literal "C" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
TERCERO: Se declara la Nulidad Absoluta del Acta Policial S/N, de fecha 17-12-06, suscrita por el Sargento Segundo (IAPES) Luis González y el Distinguido (IAPES) Luis Millán, cursante al folio 03 del presente asunto, por cuanto la misma no pued.....