este Tribunal Sexto de Control, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA MEDIDA DE PROTECCION, a favor de la victima CAROLINA DE LOS ANGELES MARTINEZ ACOSTA y su núcleo familiar, consistente en UN APOSTAMIENTO POLICIAL PERMANENTE en su residencia, para lo cual se acuerda librar oficio al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, para que funcionarios de esa Institución, cumplan con la medida acordada. Notifíquese a la victima. Remítanse las actuaciones a la Fiscalía Sétima del Ministerio Público para que sean agregadas al expediente de la investigación