Se declaró CON LUGAR, se fijó la obligación de manutención en treinta por ciento del salario minimo nacional, se decretó el aumento progresivo de la misma, y en caso de retiro, jubilacion u otro del obligado el descuento del treinta por ciento de sus prestaciones sociales.Todo de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica para la Proteccion del Niño, Niña y Adolescente.