este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS, decretada por este Juzgado, y en consecuencia declara disuelto el matrimonio contraído por los ciudadanos LUIS OSWALDO SEQUERA y ZULAY JOSEFINA NUÑEZ, por ante el Concejo Municipal del Municipio Montes del Estado Sucre, el día Veintisiete (27) de Abril de 2001, según acta Nº 36, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 185 primer aparte del Código Civil. Así se decide.