-VII-
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con competencia nacional en Materia de Extinción de Dominio, actuando en Sede Constitucional, Administrado Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se ADMITE la pretensión de Amparo Constitucional incoada por el ciudadano JOSÉ ANGEL VIERA APECECHEA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N°V-23.792.908, debidamente asistido por el abogado en ejercicio DAVID SALOMÓN PLAZA RAMÍREZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 72.774, contra el ciudadano JOSÉ BUGALLO LÓPEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-10.797.035
SEGUNDO: Notifíquese personalmente mediante boleta al presunto agravianteciudadano JOSÉ BUGALLO LÓPEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-10.79.....