En virtud de todo lo antes expuesto, éste Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 05, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a EDUARDO JOSÉ SANDOVAL CARREÑO venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, soltero, de 21 años de edad, herrero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 24.841.315 en fecha 15-05-1994, hijo Carlos José Rodríguez Rosal y Nelida Iris Sandoval Carreño, y domiciliado ene. Sector La Rinconada de Playa Grande, cerca de la cancha, calle 22 de Marzo, Carúpano, Municipio Bermúdez del estado Sucre tlf 0412 947-8947; por estar incurso presuntamente en la comisión de los delitos VIOLENCIA PSICOLOGICA y ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujeres a una Vida Lib.....