En consecuencia y visto que la opinión del equipo multidisciplinario es vinculante para el juez a la hora de otorgar la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Destacamento de Trabajo; este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, fundamentándose en lo previsto en el artículo 471 numeral 1° en relación con los artículos 498 del Código Orgánico Procesal Penal, NIEGA el otorgamiento de la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Destacamento de Trabajo, al Penado NORWIN ARMANDO TORRES BERMÚDEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 22.833.332, natural de San Félix Estado Bolívar, Estado Sucre, mayor de edad, nacido en fecha 20-11-1991, soltero, desempleado ya que me vine desde Diciembre de San Félix, residenciado en Sector el Palmare, Invasión 24 de Julio, Calle Principal, Casa S/n, cerca de la Bodega de Deisy.....