Por todas las razones de hecho y de derecho anterior mente expuestas este Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de declaración de Unicos y Universales Herederos del finado: JOSE LUIS CARABALLO BRITO, a favor la viuda, ciudaana: NORIS DEL VALLE FAJARDO CARREÑO previamente identificada en autos, dejando a salvo los derechos de terceros, especialmente los de los de la niña y niño: ROSSNERY DEL VALLE y JOSE LUIS CARABALLO FAJARDO hijos del referido occiso....