este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena por el procedimiento de admisión de los hechos, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano PEDRO PABLO BLANCO MARVAL (OCCISO), a la ciudadana MARYS DEL VALLE VÉLIZ, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-12.275.709, natural de Cumaná, soltera, de 42 años de edad, de oficio del hogar, hija de Emma Véliz y Luís Rafael Cabello, residenciada en el Barrio Las Palomas, Calle Bicentenario, Casa S/Nº (cerca del Mercal), Cumaná, Estado Sucre; a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, MAS LAS ACCESORIAS DE LEY, previstas en el artículo 16 del Código Penal. Pena ésta que terminará de cumplir aproximadamente el 01/01/2019. De la misma manera se le condena al pago de las costas procesales. Se acuerda m.....