este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el ultimo aparte del artículo 117 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, AUTORIZA LA DESTRUCCION de la sustancia ilícita incautada en el presente procedimiento cuya característica y peso es la siguiente: de UN GRAMO SETECIENTOS TREINTA Y CIN CO MILIGRAMOS (1 GRS. 735 mgs.) Y CANNABIS SATIVA con un peso neto de UN GRAMO CIENTO OCHENTA MILIGRAMOS ( 1 gr. 180 mgs) y CANNABIS SATIVA con un peso neto de trescientos miligramos (300mgs) devolviéndose a la unidad solicitante (1 grs 435mgs) de cocaína base tipo crack, y (880 mgs) de CANNABIS SATIVA (MARIHUANA); y el envoltorio que contenía la droga denominada Marihuana. procedimiento que se ordena realizar a cargo del Ministerio Publico conforme a las previsiones de los artículos 118 y 119 de la citada Ley especial.- Líbrese Autorización al M.....